Infraestructura Electoral

11 millones 710 mil 113 venezolanos y 74 mil 736 extranjeros podrán acudir el domingo tres de diciembre de 2000 a los centros de votación para elegir a los concejales y miembros de las juntas parroquiales, y para manifestar su opinión sobre el referendo sindical.

Para los comicios municipales se disponen de 8394 centros de votación: 4854 automatizados y 3539 manuales. A nivel nacional, siete mil maquinas escrutaran los votos. En esta contienda participaran 72 mil 685 candidatos para elegir cinco mil trescientos treinta y tres cargos: 2349 concejales y 3184 miembros de las juntas parroquiales.

Miembros a Elegir

Entidad

Concejales

Miembros de las Juntas Parroquiales

Distrito Capital

13

94

Amazonas

37

66

Anzoátegui

143

114

Apure

53

82

Aragua

136

115

Barinas

84

160

Bolívar

83

133

Carabobo

118

144

Cojedes

57

49

Delta Amacuro

24

63

Falcón

157

238

Guárico

105

125

Lara

75

192

Mérida

143

201

Miranda

169

203

Monagas

89

99

Nueva Esparta

75

33

Portuguesa

104

81

Sucre

107

169

Táchira

183

120

Trujillo

126

281

Vargas

11

35

Yaracuy

94

21

Zulia

163

366

Referéndum sindical

Propuesto originalmente por el Movimiento V República y en especial por el presidente Hugo Chávez para refundar democráticamente el movimiento sindical, la Asamblea Nacional aprobó en el mes de octubre por mayoría un acuerdo mediante el cual se convoca un referéndum, que se realizaría el 3 de diciembre junto con las elecciones municipales. En esta decisión salvaron sus votos los grupos de opinión de AD, Primero Justicia, Convergencia y Alianza Bravo Pueblo, pero la propuesta presentada por el diputado José Khan, del MVR, luego de modificado el texto, recibió el respaldo de 106 parlamentarios.

El acuerdo aprobado plantea "convocar a los trabajadores a desarrollar el proceso constituyente de las organizaciones laborales con el fin de refundar democráticamente el movimiento sindical del país". Agrega que por ser un tema de especial trascendencia nacional, tal como lo establece la Constitución, se debe convocar un referéndum nacional, de conformidad a lo establecido en los artículos 70 y 71 de la Carta Magna.

Posteriormente el Consejo Nacional Electoral aprobó la pregunta elaborada por la Asamblea Nacional con cuatro votos a favor, una abstención y uno en contra del primer vicepresidente de la institución, Alfredo Avella. El CNE advirtió que es un simple "administrador electoral" que no juzga la legalidad o ilegalidad del referéndum sino que se pronuncia cínicamente sobre la claridad y comprensión que debe tener la pregunta para que sea entendida por los electores. La pregunta aprobada se anexará a los tarjetones de las elecciones de diciembre para concejales y juntas parroquiales.

La pregunta aprobada se hará de la siguiente manera:

" Está usted de acuerdo con la renovación, en 180 días, de la dirigencia sindical, bajo Estatuto Especial elaborado por el Poder Electoral, conforme a los principios de alternabilidad y elección universal, directa y secreta consagrado en el artículo 95 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y que se suspendan por ese plazo en sus funciones a los directivos de las centrales, federaciones y confederaciones sindicales establecidos en el país? ".

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