Efemérides Venezolanas
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Jueves, 19 de Septiembre de 2013
Wolfgang Wagner Webmaster
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CarloMagno: Reformas Eclesiástica

   

Él es, en efecto, el jefe de la Iglesia franca; los "missi" reales vigilan a los obispos y los monasterios; todos los clérigos pueden acercarse a apelar al tribunal del rey, del que esperan la última palabra. El rey elige los obispos concediendo a veces a algunas iglesias la libertad de la elección. Aún en esto el Antiguo Testamento le ofrece un ejemplo, Josué, como él mismo lo dijo. Algunas instituciones eclesiásticas carolingias deben a este último su reforma definitiva. Por la desconfianza que tiene Carlos en la confrontación del monacato, se produce una suerte de rehabilitación del clero secular, despreciado por la generación anterior por sus costumbres e ignorancia. Los obispos desempeñarán, de aquí en adelante, un papel importante en el orden nacional; convocados a las asambleas generales, figuran en primer plano y se preparan, en cierta forma, a la responsabilidad política que ejercerán bajo el próximo reinado de Ludovico Pío.

Carlomagno ha definido el papel y la responsabilidad de los obispos organizando en cierto modo una monarquía episcopal y subdividiendo el reino en territorios: las diócesis, y en cada una de ellas imponiendo el obispo sobre la base de la territorialidad de la ley eclesiástica; de manera análoga, a cada curato se le impone la residencia en la respectiva parroquia, para fijar así al suelo a estos nómades; los clérigos errantes constituirán a partir de entonces una excepción.

Al clero merovingio, abandonado a la decadencia y los abusos, sucede, por lo tanto, un "orden" sacerdotal con leyes y normas.

Él, que es un príncipe, exige la devoción de los sacerdotes y se preocupa particularmente de las formas que toma la liturgia: hace copiar en todas las iglesias el sacramentario gregoriano, declara obligatorio el canto romano, uniforma el ritual.

Él mismo, como fiel modelo, llega puntualmente a los oficios, si bien en materia de costumbres su rigidez es mucho menos estricta.

La legislación de Carlos, llena de prescripciones relativas a la práctica de los sacramentos, contribuye así a hacer del cristianismo medieval la religión del sacramento.

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